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Infracciones y sanciones
El incumplimiento de las normas de actuación del Turno podrá dar lugar a la imposición por la Junta de Gobierno, a propuesta del Profesional titular del TAP y con la aprobación de la Comisión de Control del Turno, previa audiencia del inte- resado o interesados, de las medidas sancionadoras: baja forzosa durante un año del Turno, pérdida de derecho a recibir los honorarios estipulados y el Certificado de Colaboración. Serán también aplicables las medidas sancionadoras previstas en los Estatutos del Colegio.