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Comisión de control del turno
El Economista colaborador podrá solicitar, en caso de desacuerdo o de incumplimiento de las condiciones recogidas en el documento de aceptación y en la Carta de Comunicación, la intervención de la Comisión de Control del TAP y en última instancia de la Junta de Gobierno.
El titular del TAP también podrá solicitar a la Comisión de Control del Turno de Actuación Profesional, en cualquier momento y en escrito que recoja los moti- vos, el cambio de colaborador mediante el nombramiento de un nuevo colabora- dor según el Turno de Colaboración. La Comisión de Control decidirá si los motivos justifican la pérdida de derechos del colaborador y sobre el nombra- miento del nuevo colaborador.