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Aceptación y renuncia
La aceptación de los encargos profesionales recibidos del Turno es voluntaria para los profesionales integrados en el mismo. No obstante lo anterior, cuando el profesional no acepte el trabajo, será preceptiva la renuncia comunicada a la Comisión del Turno dentro del plazo de cinco días naturales siguientes a la propuesta de designación comunicada por el Colegio al profesional. La aceptación del encargo será por escrito en el modelo oficial diseñado por el Colegio, previa acreditación de estar al corriente en el pago del IAE, bien como persona física o de la sociedad profesional que represente. Para renunciar al desempeño de uno de los trabajos encomendados por el Turno una vez aceptada la designación inicial, será obligatorio instar previamente de la Comisión del Turno la designación por escrito de un sustituto que figure inscrito en el Turno, cuya actuación por sustitución implicará la pérdida del Turno para el colegiado renunciante y el ejercicio anticipado del Turno para el colegiado que realice la sustitución. Cuando la solicitud de designación proceda de una autoridad judicial, la Comisión comunicará por escrito la designación con 1os datos facilitados respecto del trabajo a realizar. El colegiado designado deberá comunicar su conformidad o renuncia dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de la comunicación anterior.
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